¿A quien va dirigida este Grupo?.
El sistema de bienestar social está conformado por el conjunto de prestaciones y servicios realizados con determinados contenidos de orden social, tales como la enfermedad, el desempleo, la jubilación, etc. En el sistema de bienestar se suman las prestaciones públicas con las realizadas por el sector privado a través de productos como el seguro.
Los responsables de que estos productos lleguen a los usuarios son los mediadores profesionales de seguros y este grupo se crea para unificar conocimientos, criterios y ayudarnos unos a otros..


Un Mediador de Seguros es por definición, la persona física o jurídica que, de forma legal, realiza la mediación de seguros
Esta actividad, en España, está regulada por la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
Los mediadores de seguros ofrecerán información veraz y suficiente en la promoción, oferta y suscripción de los contratos de seguro y, en general, en toda su actividad de asesoramiento.
Los mediadores de seguros se clasifican en agentes de seguros, ya sean exclusivos o vinculados, y en corredores de seguros y reaseguros. Los agentes de seguros y los corredores de seguros podrán ser personas físicas o jurídicas. .
Las denominaciones «agente de seguros exclusivo», «agente de seguros vinculado» y «corredor de seguros» quedan reservadas a los mediadores definidos en la citada Ley.
Las entidades de crédito y, en su caso, las sociedades mercantiles controladas o participadas por éstas cuando ejerzan la actividad de agente de seguros adoptarán la denominación de «operador de banca-seguros exclusivo» o, en su caso, la de «operador de banca-seguros vinculado», que quedará reservada a ellas.