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Jesús Ch. Rubio Premium Member Group moderatorThe company name is only visible to registered members.EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA , AVALA DESPIDO MUJER TRABAJABA EN SU PROPIO NEGOCIO CUANDO ESTABA DE BAJA
TSJ avala despido mujer trabajaba en su propio negocio cuando estaba de baja
9/11/11
• Noticia detectives
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha confirmado la procedencia del despido de una mujer que cuando se encontraba en situación de baja por incapacidad temporal en la empresa en la que estaba empleada fue sorprendida
Fuente:
http://www.abc
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el Juzgado de lo Social número Uno de Cartagena declaró como hechos probados que la demandante trabajaba como auxiliar en una farmacia, de la que fue despedida en octubre de 2009 al descubrirse que trabajaba en su propio negocio de venta de vinos pese a estar de baja por enfermedad.
El juez de lo Social, como hace ahora la Sala del TSJ, desestimó su demanda y consideró procedente el despido por la causa apuntada.
La Sala de lo Contencioso indica que "consta acreditado que la demandante prestó servicios en el comercio, efectuando tareas propias de atención del negocio" a clientes entre los que se encontró el detective privado que la investigaba.
"Llevó a cabo una actividad física, prestando servicios en un negocio que regenta junto con su marido, incompatible con la patología lumbar que había determiando su situación de incapacidad temporal, lo que podía retrasar su recuperación e incorporación al trabajo habitual", afirma la Sala.
El tribunal añade que "si podía efectuar la referida actividad física, nada le impedía reintegrarse a su trabajo, por lo que su conducta supone una trasgresión de la buena fe contractual y la pérdida de confianza por parte de la empresa".
La sentencia concluye que "elementales pautas de conducta imponen al productor la obligación de cuidar el curso de la enfermedad, y puesto que se encuentra en situación de incapacidad temporal para trabajar, debe abstenerse de desarrollar cualquier otra actividad que sea incompatible con la enfermedad que la determinó".
FUENTE:
APDPE
This post was modified on 17 Dec 2011 at 04:52 pm.- 17 Dec 2011, 4:52 pm
